La Asamblea Nacional (AN) aprobó este jueves 19 de febrero, por unanimidad y en segunda discusión, la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, paso que concreta su sanción definitiva en el Parlamento.
El debate comenzó con más de dos horas y media de retraso, después de que la comisión encargada del proyecto de ley permaneciera reunida durante varias horas.
Esta segunda discusión había sido diferida el pasado 19 de febrero, al haber diferencias por el artículo 7 que establece que quienes quieran solicitar amnistía deben «ponerse a derecho», es decir, presentarse ante tribunales y que se estudie su caso para determinar si les corresponde el beneficio.
Para su aprobación, se agregó al artículo un supuesto excepcional para quienes permanezcan fuera del país, el cual establece lo siguiente: “Cuando la persona no se encuentre a derecho y permanezca fuera del territorio nacional, podrá hacerse representar ante el tribunal competente mediante poder otorgado a un abogado o abogada de su confianza y elección, sin que sea necesaria ninguna otra formalidad”.
Aunque el texto ya había recibido el visto bueno en primera discusión el pasado 5 de febrero, aún debía someterse a un debate final antes de quedar formalmente aprobado.
Ahora que fue aprobada en el Parlamento, la Ley de Amnistía será enviada a la presidencia para su firma y posterior promulgación.
Cuestionamientos
Abogados, políticos, académicos y organizaciones civiles han cuestionado algunos puntos de la propuesta, como el de solo incluir para la amnistía 10 momentos «de violencia política» desde 1999.
El proyecto excluye a aquellos procesados o condenados por violaciones graves de los derechos humanos, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, homicidio intencional, corrupción y tráfico de drogas. Además, establece que los beneficiados de la ley deben presentarse ante tribunales para obtener tal beneficio.
En este sentido, la presidenta del partido Encuentro Ciudadano, Delsa Solórzano, advirtió previamente que la amnistía prevista no opera de manera automática, ya que su aplicación quedaría sometida a verificación judicial caso por caso, con un sistema de recursos que incluye apelación.
“Esto significa que la libertad no es inmediata, sino que queda sujeta a la decisión y revisión del mismo Poder Judicial que ha sostenido la persecución”, afirmó.
Por su parte, la ONG Acceso a la Justicia ha advertido que el proyecto de ley “incurre en contradicciones fundamentales al hablar de ‘extremismo’”, con lo cual, a su juicio, “se descalifica de entrada a quienes podrían beneficiarse de la amnistía y presupone su responsabilidad penal”.
¿Qué plantea la Ley de Amnistía?
La amnistía, tal como está planteada, cubre casos desde 1999, lo que abarca los 27 años de gobiernos del chavismo.
Sin embargo, su artículo 6 la limita a 10 periodos específicos de coyunturas políticas, entre el golpe de Estado de abril de 2002 contra el fallecido presidente Hugo Chávez (1999-2013) hasta las protestas desatadas tras la controvertida elección presidencial del 28 de julio de 2024, lo que dejaría por fuera a varias personas que se consideran presos políticos.
La exposición de motivos indica que la finalidad principal de la ley es “ofrecer una oportunidad para vivir en paz y en tranquilidad en Venezuela” ante la “confrontación política” que, según el texto, fue generada “por el extremismo”.

El documento describe además la estructura del proyecto, que consta de 13 artículos y establece que “los artículos 1 al 5 definen el objeto, las finalidades y los principios de aplicación e interpretación” y que “los artículos restantes desarrollan los hechos sujetos a amnistía, los efectos jurídicos de la norma y los procedimientos necesarios para su implementación”.
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