El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) informó el miércoles 27 de agosto sobre la captura de cuatro personas presuntamente responsables de un secuestro en Cabimas, estado Zulia.
Los funcionarios policiales identificaron a los detenidos como K. A. O., de 36 años de edad; R. J. D. G., de 37 años de edad; R. S. R. C., de 29 años de edad, y F. J. P. F., de 32 años de edad, precisó el director del CICPC, Douglas Rico en su cuenta de Instagram.
Rico indicó que uno de los detenidos y el autor intelectual del secuestro era un amigo de la víctima, un comerciante de Zulia, de quien no se ofreció información.
El CICPC también informó que logró la liberación del comerciante sin que su familia tuviera que pagar la cantidad que le estaban exigiendo: 50 mil dólares.
Por otro lado, señaló que todavía queda una quinta persona involucrada por detener. El caso quedó bajo la jurisdicción del Ministerio Público.

Los detalles del caso
Las investigaciones policiales iniciaron cuando los familiares del comerciante denunciaron su secuestro ante las autoridades. La Delegación de Cabimas del CICPC realizó un análisis de trazas telefónicas y reconstrucción de los hechos.
De acuerdo con el CICPC, la víctima se encontraba en la vivienda del amigo involucrado en el hecho cuando los hombres ingresaron y lo agredieron físicamente para poder llevárselo y exigirle a su familia el dinero a cambio de su liberación.

El presunto autor intelectual aprovechó la visita que le realizaron la víctima y su padre para llevarle unos medicamentos a su casa. Los agresores también golpearon al autor intelectual para no levantar sospechas sobre su participación en el crimen.
Durante el procedimiento, los funcionarios policiales también incautaron varios vehículos, entre ellos un Kía Stylus, una moto Bera Kavak, un Chevrolet Trailblazer y cuatro celulares.
¿Cuántos años de prisión por secuestro en Venezuela?
La Ley contra el Secuestro y la Extorsión, promulgada en 2009 en Venezuela, establece en su artículo 3 que quienes priven de su libertad a cualquier persona y la trasladen a otro lugar para obtener de ella o terceros dinero, títulos o bienes se enfrenta a una pena de 20 a 30 años de prisión.
El artículo también considera el secuestro como un delito en los casos en donde los perpetradores no pidan un beneficio a cambio de la liberación de la víctima.

Por otro lado, el artículo 6 establece que la pena es de 15 a 20 años de prisión en los casos en los que el secuestro no sea mayor de un día. Sin embargo, si hay algún tipo de intervención policial para la liberación de la víctima, se aplica la pena establecida en el artículo 3.
El artículo 10 también establece que si la pena puede aumentar en una tercera parte en los casos en los que la víctima del secuestro sufra una tortura o una agresión física, sexual o psicológica.
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