El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) informó el lunes 18 de agosto que detuvo a siete personas por presuntamente vulnerar sistemas de seguridad de entidades financieras y robar dinero.
La División de Investigaciones de Delitos Informáticos estuvo a cargo de esta investigación, precisó el director del CICPC, Douglas Rico, a través de su cuenta de Instagram.
Entre los detenidos figuraban dos mujeres, identificadas como: Y. D. V. C. M., de 23 años de edad, y K- R. M., (de 47); y cinco hombres: A. S. B. R., alias El Churro, de 44 años de edad; J. J. G. G., alias El Javielito, (de 27); J. F. R. R., (de 26); J. L. M. G., (de 26), y A. R. M. F., (de 33).
Rico también informó que las aprehensiones se realizaron en diferentes puntos de la ciudad capital y del estado Sucre. El caso se encuentra actualmente bajo la jurisdicción del Ministerio Público.
Lo que se sabe del caso
De acuerdo con la policía científica, las siete personas detenidas pertenecen a la organización delictiva The Silent Wire, la cual se dedica al acceso indebido.
Para poder realizar el robo de dinero, los siete capturados presuntamente se dedicaban a vulnerar los sistemas de seguridad de las entidades financieras para poder acceder al dinero.

Una vez que tenían el dinero, realizaban transferencias a distintas cuentas bancarias con “el fin de obtener lucros económicos en perjuicio de las víctimas”, señaló Rico.
Además de los siete detenidos, quedan dos personas más por detener; pero el CICPC no ofreció detalles al respecto o sobre cuáles fueron las entidades financieras afectadas.
¿Cuántos años de prisión por vulnerar sistemas financieros?
La Ley Especial contra los Delitos Informáticos, sancionada en 2001, establece en su artículo 6 como un delito el acceso indebido.
La legislación establece que toda persona que, sin autorización, acceda, intercepte, interfiera o use un sistema que utilice tecnologías de información, será penado con prisión de uno a cinco años y una multa de 10 a 50 unidades tributarias.
Asimismo, el artículo 9 también establece que aumentarán entre una tercera parte y la mitad, cuando los hechos se realicen en sistemas que “contenga información personal o patrimonial de personas naturales o jurídicas”.

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